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SEGURO DE DEPENDENCIA

Andrea López
Nuestro experto en el ramo

La dependencia es la situación en la que por  mermas en las capacidades físicas o psicológicas como consecuencia de enfermedad, envejecimiento, accidente o discapacidad un persona dependa de otra para poder tener una vida digna.

Los seguros de Dependencia son la respuesta a estas posibles situaciones, que por una serie de motivos como la creciente esperanza de vida  pueden llegar a dar una perdida parcial o total de autonomía..

La Ley 39/2006 del 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, más conocida como “Ley de Dependencia”, nació para solucionar este problema, pero la insuficiencia de los recursos públicos hace que mucha gente prefiere tener un seguro, y es aquí, donde en Metamediación te podemos ayudar.

 

Que es lo que se cubre

 

✔️ Renta por dependencia severa. Como ejemplo la cuantía máxima que se puede contratar es de  2.000 €/mes en algunas compañías.

✔️ Renta por gran dependencia. Como ejemplo la cuantía máxima que se puede contratar es de  4.000 €/mes en algunas compañías.

✔️ Capital dependencia severa. Como ejemplo la cuantía máxima que se puede contratar es de 300.000 € en algunas compañías.

✔️ Capital por gran dependencia. Como ejemplo la cuantía máxima que se puede contratar es de  600.000 € en algunas compañías.

Algunos factores de Interés

Algunos ejemplos de factores particulares de este tipo de pólizas  (pueden variar por compañías):

Periodo de carencia

  • Sin periodo de carencia en caso que la dependencia sea consecuencia de un accidente posterior a fecha efecto póliza.
  • 3 años a contar desde la fecha de efecto del seguro, en caso que la situación de dependencia sea consecuencia de un estado de demencia o enfermedad neuropsiquiátrica.
  • 1 año, a contar desde la fecha de efecto del seguro, en cualquier otro caso.

Franquicia

  • Período de 3 meses que se inicia en la fecha en que sea reconocido al asegurado el estado de Gran Dependencia o Dependencia Severa. Al final de este período, si el asegurado todavía se encuentra en situación de dependencia, se iniciará el devengo de las prestaciones.

Requisitos médicos

  • Se exige para su contratación un declaración de salud.
  • A partir de determinada edad (>65) se requiere un examen médico junto con una declaración de salud ampliada y otras posibles pruebas médicas.
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    PREGUNTAS FRECUENTES

    ¿Que Tipos de dependencia existen?

    Según la ley de dependencia estos son los tres tipos

    • Grado III. Gran Dependencia. Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar tareas más de tres veces al día y, en caso de tener pérdida total de autonomía, requiere un apoyo permanente de un cuidador.
    • Grado II. Dependencia severa. Cuando la persona afectada necesita ayuda para realizar varias tareas dos o tres veces al día pero sin necesitar el apoyo total de un cuidador.
    • Grado I. Dependencia moderada. Cuando la persona afectada necesita ayuda en actividades de su vida diaria al menos una vez al día. También puede darse el caso de necesitar, de forma esporádica, apoyo limitado para su autonomía personal.

     


    ¿Puedo contratar este seguro cuando quiera?

    Este tipo de seguros puede ser suscrito por cualquier persona hasta un límite máximo de edad que suelen situarse entre los 70 y los 75 años. La edad de renovación máxima suele ser de 85 años.

    Como en cualquier tipo de póliza des seguros, debe contratarse antes de que se haya producido el siniestro que, en el caso de este tipo de pólizas, sería la declaración de dependencia.

    Las compañías aseguradoras exigen un cuestionario de solicitud de seguro  en el que se acredite la situación de buena salud del asegurado.

    Por lo tanto, este seguro funciona como los seguros de vida y en edades jóvenes es  cuando se obtiene un precio más ventajoso, siendo a partir de los cincuenta años, cuando las condiciones económicas no son tan ideales.


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