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SEGURO DECENAL

Fernando López
Nuestro experto en el ramo

Los seguros denominados de garantía decenal cubren los daños materiales provocados por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la obra fundamental y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del bien asegurado durante 10 años.

Según la ley 38/1999 del 5 de noviembre, el seguro decenal es un seguro obligatorio que deben contratar las empresas constructoras que cubrirá los daños que se puedan ocasionar durante la edificación de un edificio durante diez años.

En Metamediación estamos a tu completa disposición para asesorarte en la elaboración de una póliza a medida o para facilitarte un presupuesto sin compromiso.

Coberuras del Seguro de garantía decenal

Garantías Básicas

  • Se garantiza el conjunto de la edificación (cimentación, estructura, cerramientos exteriores, obra secundaria, equipos, instalaciones, etc.) para los daños debidos a defectos de material, errores de concepción o de ejecución, que tengan su origen o afecten a las obras fundamentales y que comprometan la estabilidad del edificio.
  • Los gastos de demolición y/o desescombro necesarios en caso de ocurrencia de siniestro contemplado en los párrafos anteriores.

✅ Garantías Opcionales Decenal

  • Estanqueidad de cubiertas y fachada
  • Abandono de recursos
  • Instalaciones
Coberturas del Seguro Trienal

Existe la posibilidad de contratar voluntariamente ya que la ley no lo exige una serie de garantías por un máximo de tres años

✅ Impermeabilización de cubiertas

✅ Impermeabilización de fachadas

✅ Impermeabilización de sótanos

✅ Obra secundaria

✅ Instalaciones

✅ Estabilidad y resistencia mecánica de fachadas no portantes

 

Tipos de Riesgos

El seguro de Garantía Decenal está especialmente dirigido a obras de edificación destinadas a uso de vivienda:

Edificios residenciales

✅ Viviendas unifamiliares,

✅ Industrial: Naves industriales, fábricas, silos(no obligatorio)

 

Tarifica tu Seguro decenal sin compromiso y sin llamadas posteriores
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    PREGUNTAS FRECUENTES

    ¿A quién va dirigido este seguro?

    ¿El seguro Decenal es obligatorio?

    Según la Disposición Transitoria primera de la LOE, la obligatoriedad de las garantías se establece para edificios de nueva construcción y para obras sobre edificios existentes para cuyos proyectos se solicite la correspondiente licencia de edificación a partir de su entrada en vigor, es decir, el 6 de mayo de 2000.

    ¿Para qué tipo de obras es obligatorio este seguro?

    Según la Disposición Adicional Segunda de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (LOE), la obligatoriedad de las garantías por daños materiales ocasionados por vicios o defectos de la construcción será exigible para edificaciones cuyo uso principal sea el de vivienda.


    ¿Qué es un Organismo de Control Técnico?

    ¿Cómo se determina si ha existido un siniestro?

    El peritaje, a cargo del Asegurador, no tendrá más que tres objetivos que pueden lograrse rápidamente en caso de siniestro:

    • Determinación del carácter decenal del daño.
    • De ser así, descubrimiento de la causa física, sin preocuparse de la búsqueda, siempre larga, de una responsabilidad.
    • Proposición de reparación del daño o del importe de la indemnización correspondiente.

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