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Puede consultar información adicional y detallada en nuestra Política de Privacidad y Aviso Legal |
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La responsabilidad profesional es la obligación que tienes frente a un tercero cuando durante el ejercicio de tu profesión cometes un error y le provocas un daño.
Este tipo de pólizas sirve para afrontar las reclamaciones por daños y perjuicios de terceros en caso de demanda, debido a errores, omisiones o negligencias durante el desarrollo de tu actividad profesional, y sin que afecte a tu patrimonio.
Los daños o perjuicios causados a consecuencia de un error durante el desarrollo de tu actividad profesional no están garantizadas por la RC general, que es la que generalmente figura cubierta en pólizas multirriesgo.
En lo principal puede que todas las pólizas cubran lo mismo, es decir los daños que por fallos derivados de la profesión se causen a un tercero.
Es en las garantías opcionales en donde se puede mejorar las pólizas profesionales llegando a cubrir incluso indemnizaciones al propio profesional por inhabilitación legal de la actividad a consecuencia de algún error o sanción.
Es muy importante distinguir entre estos dos conceptos, puesto que, en función de la actividad será oportuno contratar distintas clases de seguros.
En ambos casos de responsabilidad se dan por acciones y omisiones mediante las que involuntariamente se producen daños a terceros en el transcurso de las actividades laborales.
Lo que diferencia a la responsabilidad civil profesional de la de explotación es que la primera no solo se aplica frente a terceros por daños puramente materiales o personales, sino también por por impericias, negligencias, omisiones…, en lo que podrían considerarse relaciones contractuales.
Si no te queda claro estamos a tu completa disposición.