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SEGURO DE TRANSPORTES

Eva Vila
Nuestro experto en el ramo

El transporte de las mercancias o bienes fabricados es uno de los momentos más delicados de la actividad empresarial ya que son diversos los riesgos que pueden afectar su correcta llegada.

Tanto si eres transportista, comprador o vendedor de mercancías en Metamediación tenemos la solución aseguradora adecuada para tu empresa,  a través de una amplia oferta de garantías y coberturas de ámbito mundial o nacional.

Ya seas una pequeña empresa o una gran corporación, en Metamediación estamos preparados y a tu completa disposición para asesorarte y conseguir que te sientas seguro de tener tus mercancías bien cubiertas durante su transporte por tierra, mar y aire.

Nuestra propuesta de seguro de Transportes

✔️ Ámbito geográfico adecuado a cada tipo de viaje y medio de transporte

Todas las empresas que se dedican al transporte de mercancías son vulnerables de sufrir daños y pérdidas. En Mteamediación te proporcionamos opciones aseguradoras para tener la máxima protección durante el transporte terrestre, marítimo, aéreo o multimodal de tus mercancías, a través de una amplia oferta de garantías, límites y coberturas adaptadas a cada ámbito geográfico, desde el ámbito nacional al mundial.

✔️ Cobertura puerta a puerta

Una vez que la carga salga por la puerta de tu empresa, no tendrás que preocuparte en ningún momento por tu mercancía o la de tus clientes, ya que estará protegida durante todo su transporte, desde su recogida en origen hasta su entrega en destino.

✔️ Póliza Todo Riesgo a medida

Las soluciones que te proponemos proporcionan una cobertura completa a tus mercancías con la modalidad Todo Riesgo o con el diseño de una solución a medida de tus necesidades y de tu actividad, con adaptabilidad total a las mercancías trasportadas.

✔️ Para una gran variedad de empresas

Nuestros Seguros de Transportes de Mercancías  están diseñados para empresas de naturaleza diversa, ya sean propietarios de la mercancía, distribuidores o profesionales del sector (transitarios, transportistas, etc.), cuyas mercancías sean susceptibles de sufrir algún daño durante el transporte.
Coberturas del seguro de Transportes

✔️ Incendio, Rayo y Explosión

✔️ Accidentes del medio de transporte

✔️ Fenomenos de la naturaleza

✔️ Robo o atraco en cuadrilla

✔️ Gastos de Salvamento

✔️ Roturas, mojaduras o derrames

✔️ Daños en carga y descarga

✔️ Daños a bienes refrigerados

✔️ Todo riesgo accidental

✔️ Responsabilidad civil de la carga

Exclusiones habituales de Transportes

❌ Apresamiento o confiscación por una autoridad.

❌ Infidelidad del personal dependiente del Tomador o del Asegurado.

❌ Daños atribuibles a conducta dolosa del Asegurado.

❌ Retraso en el transporte.

❌ Demoras, desvíos, impedimentos o interrupción del viaje por causas imputables al Tomador o Asegurado.

❌ Combustión espontánea de las cosas aseguradas.

❌ Daños indirectos tales como perjuicios comerciales por ventas no realizadas, diferencias de cambio, pérdidas de mercado.

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    PREGUNTAS FRECUENTES

    ¿A quién va dirigido el seguro de transportes?

    A las empresas propietarias de las mercancías, a los transportistas, a agencias de transportes y también a intermediarios de transporte (agentes de aduanas, consignatarios de buques, traders, etc.)


    ¿Que Tipos de seguro de transporte existen?

    El seguro de transporte comprende una variedad de modalidades atendiendo a distintos aspectos.

    SEGÚN EL MEDIO EN EL QUE SE REALIZA:
    • Marítimo: comprende el aseguramiento de buques y material relacionado con la navegación y el de las mercancías.
    • Terrestre: el transporte efectuado por ferrocarril o por camión; aquí también hay que distinguir el medio, el vehículo y las mercancías.
    • Fluvial y lacustre: el aseguramiento de buques y cargamentos en ríos y lagos.
    • Aéreo: seguros a las aeronaves y a las mercancías transportadas.
    SEGÚN EL OBJETO EXPUESTO AL RIESGO:
    • Seguro de medios de transporte.
    • Seguro de bienes transportados.
    • Seguro de responsabilidades.
    SEGÚN LA DURACIÓN DEL CONTRATO:
    • Seguro Flotante.
    • Seguro por viaje.
    SEGÚN LA AMPLITUD DE LA COBERTURA:
    • Cobertura mínima representada por el seguro contra determinada pérdida en unos casos.
    • Contra todo riesgo o condiciones inglesas.

    ¿Qué son las cláusulas ICC?

    Son las clausulas del Institute of Cargo Clauses y pueden abarcar desde la carga, hasta el contenedor, así como el modo de transporte usado para el envío de la mercancía.

    Además, no hay una única cláusula, de hecho existen tres conjuntos básicos de cláusulas en el Institute Cargo Clauses. De esta manera tenemos, la Cláusula A, la Cláusula B, y la Cláusula C.

    1. Cláusula A. Obviamente esta es la cobertura de seguro marítimo más amplia. En consecuencia, quienes la adquieren deben estar preparados para pagar una prima considerablemente alta.
    2. Cláusula B. En este caso se trata de una cobertura un tanto restrictiva, lo que se traduce es una prima moderada. Habitualmente, el tomador del seguro requiere principalmente la cobertura de determinados artículos más valiosos, o incluso solo una carga parcial.
    3. Cláusula C. Es por mucho, la cobertura más limitada, por lo tanto la prima que se debe pagar por ella es baja. Pero aunque parezca algo bueno, en realidad significa que gran parte de la carga no estará cubierta por el seguro.

    ¿Qué modalidades de pólizas existen?
    • Póliza a prima fija Es apropiada para los propietarios de camiones, porque la prima se establece por una anualidad, en función del capital máximo asegurado por vehículo.
    • Póliza flotante por avisos dirigida a atender las necesidades de los propietarios de mercancías. Esta póliza obliga al asegurado a dar comunicación de cada uno de los viajes realizados, estableciéndose una tasa para cada uno de ellos en función de la mercancía asegurada.
    • Póliza flotante fija dirigida también a los propietarios de las mercancías. Se cubre toda la mercancia transportada en función del volumen de facturación anual previst. En función de este volumen se atribuye una tasa anual, regularizable si ese volumen estimado es mayor o menor al previsto.
    • Póliza temporal Su objeto es dar cobertura a un viaje eventual.

    ¿Qué son los icoterms?

    Son los términos utilizados en un contrato de compraventa internacional que, en los relativo al seguro, definen cuál de las dos partes (vendedor o comprador) tiene la obligación de contratarlo y quién paga la prima correspondiente.

    El EXW (Es-works en fábrica), el FOB (Free on board / franco a bordo), el CIF (Cost, Insurance and freight / Coste, Seguro y flota) y el DDP (Delivered duty paid / Entrega a derechos pagados).


    ¿Cual es la responsabilidad del transportista en España?

    La ley marca una cobertura adaptada a la responsabilidad contractual derivada de los contratos de transporte, tanto a nivel nacional como internacional.

    • Transporte Nacional (LCTTM): Serán de aplicación los límites y condiciones establecidos en la “Ley 15/2009 de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías – LCTTM” (antigua LOTT), por lo tanto la indemnización no podrá exceder de 1/3 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)/día por cada kg. de peso bruto de mercancía perdida o averiada, la aplicación del límite será el que corresponda según la fecha de ocurrencia del siniestro.
    • Transporte Internacional (CMR): Serán de aplicación de los límites y condiciones establecidos en “Convenio para el transporte Internacional de Mercancías – CMR”, por lo tanto la indemnización no podrá exceder del límite establecido en el CMR, 8,33 U.C. por kg. de mercancía dañada (una Unidad de Cuenta “U.C.” equivale a un Derecho Especial de Giro “DEG” del Fondo Monetario Internacional), no obstante la aplicación del límite será el que corresponda según la fecha de ocurrencia del siniestro.

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